Documento de patrtocinio de Manuel Sánchez Gallardo, 1950 (AHPC).
Documento de patrtocinio de Manuel Sánchez Gallardo, 1950 (AHPC).

En la dinámica de la vida carcelaria tuvo un papel destacado la figura del patrocinio para las situaciones en las que los presos eran declarados en libertad condicional provisional. Se trataba de la designación de un familiar u otra persona de la confianza del recluso, que respondiera por este durante el tiempo en que estuviera bajo la condición de libre condicional mientras siguiera vigente el tiempo de la condena impuesta por el respectivo tribunal franquista. Expongamos un caso ilustrativo a modo de ejemplo: el caso de Manuel Sánchez Gallardo [1]. Natural y vecino de Tarifa, con domicilio en el número 1 de la calle General Moscardó, era marinero, estaba soltero y tenía 20 años cuando fue ingresado en la Prisión Central de El Puerto de Santa María el 21 de enero de 1950, procedente de la cárcel municipal de Algeciras.
Había sido condenado en un consejo de guerra celebrado el 21 de octubre de 1949 a seis años de prisión por “insulto de obra a la fuerza armada” [2.]  Con esta sentencia, la pena se extinguiría el 8 de marzo de 1955. En la prisión ejerció de “practicante”.
El 18 de marzo de 1950, Manuel Sánchez solicitó al capitán general de la región militar que se le aplicara el último indulto acordado por el gobierno, y el 10 de abril siguiente la junta de régimen y administración de la prisión propuso la redención del recluso a favor del Patronato Central de Nuestra Señora de la Merced por el destino de practicante que venía desempeñando. El Patronato autorizó el 19 de mayo a Manuel Sánchez a redimir su pena, y nueve días después, le fue conmutada la pena por la de tres años, con lo que la pena quedaría extinguida el 8 de marzo de 1952.
A final de mayo de 1950, su madre, Trinidad Gallardo Callejón, de 58 años, viuda y domiciliada en la misma dirección que había tenido el recluso, fue nombrada por el alcalde de Tarifa como patrocinadora del recluso. El 13 de noviembre de 1950 le fue concedida la libertad condicional, y el 24 de abril de 1951 el auditor de la segunda región comunicó la concesión del licenciamiento definitivo del penado. Al año siguiente, el 19 de junio de 1951, el director de la prisión portuense recibió un testimonio del juzgado militar n.º 1 de Cádiz con la concesión del indulto. Así, la pena quedó extinguida el 6 de junio anterior.

Notas:
[1] Archivo Histórico Provincial de Cádiz, Cárcel de El Puerto de Santa María, caja 29461, exp 23.
[2] Causa n.º 177, de 1949.

Proyecto: Investigación y digitalización de los expedientes de los gaditanos prisioneros en la Prisión Central de El Puerto de Santa María (Cádiz) y otras cárceles del país en la posguerra.
Investigador: Fernando Sígler Silvera, historiador.
Entidad promotora: Área de Memoria Democrática de la Diputación Provincial de Cádiz, 2021.

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