Telegrama de puesta en libertad condicional con destierro.
Telegrama de puesta en libertad condicional con destierro.

Francisco Sandoya Gutiérrez nació en el núcleo cántabro de Requejo. Casado y con tres hijos, tenía 37 años cuando fue ingresado en la prisión de El Puerto de Santa María (Cádiz) el 1 de febrero de 1939, tras ser sentenciado a reclusión perpetua en un consejo de guerra celebrado en Santander el 23 de junio de 1938.
De profesión ajustador, durante la República estuvo afiliado al sindicato UGT y con el triunfo electoral del Frente Popular lideró la política de izquierdas en su localidad natal. Cuando se inició la sublevación militar contra la República, desarrolló una estrategia de defensa de la legalidad, para lo que organizó la resistencia en su pueblo. Para sufragar los gastos requeridos para esta finalidad, propició la incautación de las cabezas de ganado de las Ánimas, dedicó las campanas de la iglesia a la fundición del metal para la industria naval y estableció un sistema de recaudación fiscal para el sostenimiento de las milicias. Ante la indignación popular contra las personas de afinidad derechista por las noticias de la actuación de los rebeldes durante su avance, Francisco Sandoya las protegió, e incluso gestionó y consiguió su libertad. Además, solicitó el paso del cura a territorio dominado por los sublevados. Esta magnanimidad no le sirvió para escapar de la represión franquista.
Cuando la zona cántabra cayó en manos de los rebeldes, Sandoya fue capturado y encarcelado. El 11 de diciembre de 1937 fue ingresado en la Prisión Provincial de Santander, a disposición del auditor de guerra. Sometido a consejo de guerra seis meses después, el tribunal interpretó que su actividad política se había reducido a prácticas anticlericales y confiscatorias, y lo condenó a reclusión perpetua por “adhesión a la rebelión militar”, lo que significaba que fue víctima de la “justicia al revés”, al ser los rebeldes quienes acusaron de rebelión a quienes habían defendido la legalidad. Este tribunal lo integraron Isidoro Prada, Miguel García, Juan Tomás Aldava, Salustiano Pérez y Francisco Aguirre.
Una parte del tiempo de condena la pasó en la Prisión Central de El Puerto de Santa María, desde el 1 de febrero de 1939 hasta el 8 de julio de 1941, en que salió en libertad condicional con la conmutación de la pena a ocho años pero con el castigo del destierro a más de 250 kilómetros de su domicilio familiar. Así, fijó su residencia en Madrid. No obstante, tras una petición formulada por el propio condenado, el destierro le fue levantado, y el 9 de octubre de 1941 el comisario jefe del distrito madrileño de la Latina informó al director de la prisión de El Puerto de Santa María que Francisco Sandoya había vuelto a fijar su residencia en Requejo. Un año después, el 16 de julio de 1942, fue autorizado a trasladar su residencia a Villasequilla (Toledo). El 13 de mayo de 1947 le fue comunicado su licenciamiento definitivo.

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